Personería Jurídica - Resolución I. G. J. Nº 0001744 del 8 de noviembre de 2011

16 de octubre de 2009

Objetivos y propósitos de Patricios de Vuelta de Obligado



Patricios de Vuelta de Obligado es una asociación civil creada el 30 de octubre de 2008 en la ciudad de Buenos Aires, cuyos propósitos son promover la cultura y el bien común, a través de:

a) Recreación del 2º Batallón de Patricios, unidad que tuviera una destacada participación en el Combate de la Vuelta de Obligado, llevado a cabo el 20 de noviembre de 1845, a través de la conformación de un grupo de recreación histórica vistiendo y comportándose, de forma tan idéntica como sea posible al original, y desempeñándose con el mayor rigor histórico posible.

b) Participar en eventos de recreación histórica, paradas, desfiles, homenajes, y/o cualquier otro tipo de actividad similar que sirva a los propósitos aquí descriptos.

c) Promover y divulgar el conocimiento de la historia del Regimiento de Infantería 1 “Patricios”, desde su creación hasta nuestros días, a través de trabajos bibliográficos, cursos, conferencias, organización de seminarios, monografías, trabajos de investigación y toda otra forma o medio de expresión; como asimismo a través de la creación de unidades de recreación con otros uniformes históricos usados por dicho regimiento.

d) Rendir homenaje a los militares y civiles, que participaron en los distintos hechos de armas contra las potencias extranjeras, por medio del estudio de la Historia, del mayor rigor en su interpretación y su divulgación, acercando la Historia a nuestros días.

e) Fomentar los vínculos con las demás unidades de recreación histórica existentes en el país y en el exterior.

f) Promover y actuar en actividades museísticas y afines.

g) Actuar en apoyo de las actividades sociales, culturales y turísticas que a tal efecto se desarrollen.

h) Intercambiar experiencias con organizaciones similares, y/o de docencia, conformar foros regionales y comunes que posibiliten el intercambio de conocimientos, o participaciones del cuerpo en eventos nacionales, regionales, y/o internacionales.

i) La Asamblea de “la Asociación” podrá designar o constituir, delegaciones en el interior y/o exterior del país, a los fines enumerados en el presente artículo.

j) Cualquier otra actividad que se considere de utilidad para los fines y propósitos de la asociación.

k) Desarrollar un ambiente de camaradería, cordialidad y solidaridad entre sus asociados propendiendo al desarrollo y mejoramiento intelectual de los mismos. Quedan expresamente excluidos del objeto social los asuntos de carácter ideológico, político, religioso o personal.